Puede transportar restos humanos en la cabina o en la bodega del avión, pero debe tener en cuenta las condiciones necesarias:
Puede llevar restos humanos incinerados en una urna que cumpla los siguientes criterios:
- El peso máximo permitido es de 10 kg. Si el peso supera este límite, se considerará equipaje facturado.
- El contenido de la urna se verificará mediante un examen de rayos X.
- La urna debe estar protegida por un embalaje exterior resistente, que puede ser de cartón o madera, y debe estar acolchada para evitar que se dañe o se rompa.
- Recomendamos que la urna se empaquete de forma discreta.
- Debe llevar el documento que certifica la cremación de los restos.
Puede transportar restos humanos embalsamados, incinerados y exhumados a la bodega, siempre que cumplan con las condiciones de transporte necesarias:
- Debe hacer la reserva al menos 48 horas antes de la salida del vuelo. Para ello, tiene que ponerse en contacto con una funeraria para solicitar la reserva directamente o ir a una agencia de carga.
- Los restos humanos no incinerados deben embalsamarse sin excepción.
- Si el embalaje de los restos humanos gotea o tiene algún tipo de fuga, no se pueden transportar.
- Los restos humanos cremados o exhumados deben colocarse en una urna funeraria debidamente sellada. La urna debe protegerse con un embalaje acolchado para evitar cualquier daño durante el vuelo.
- Puede transportar restos humanos exhumados con un tiempo de exhumación de más de 3 años.
- Si necesita transportar restos humanos exhumados con un tiempo de exhumación inferior a 3 años, debe tener un certificado emitido por la administración del cementerio en el que se llevó a cabo el proceso de exhumación en el que se indique claramente que solo se transportan restos óseos y que el período de descomposición del cuerpo ha terminado.
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